Art. 20.- Derecho a la vida

Art. 20.- Derecho a la vida.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida desde su concepción. Es obligación del Estado, la sociedad y la familia asegurar por todos los medios a su alcance, su supervivencia y desarrollo.
Se prohíben los experimentos y manipulaciones médicas y genéticas desde la fecundación del óvulo hasta el nacimiento de niños, niñas y adolescentes; y la utilización de cualquier técnica o práctica que ponga en peligro su vida o afecte su integridad o desarrollo integral.


Comentario:
Algunas madres al saber que su hijo va slir enfermo o con alguna capacidad especial obta abortar, pero no se dea cuenta que esta haciendo un crimen a  DIOS y la sociedad.

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